Un pleito de clase es aquel donde dos (2) o más personas han sufrido un daño, por una causa común y donde al existir esa igualdad en las causas de acción, se le permite a uno (1) o varios de los afectados representar a todos los demás que han sufrido el daño sin necesidad de que todos estén presentes en el tribunal.
Cuando se habla de daño en un pleito de clase, lo que se quiere decir es que se ha afectado algún derecho de los reclamantes, no se refiere a un daño físico. Por eso es que los pleitos de clase pueden darse bajo múltiples escenarios, como lo sería el recobro de una cantidad de dinero indebidamente cobrada por alguna compañía o entidad de gobierno a sus clientes, el daño físico sufrido por todos los pacientes que se les haya insertado un equipo médico fabricado por determinada compañía, todos los afectados por un impuesto ilegal, entre otros.
Dentro del contexto de lesiones corporales, los pleitos de clase típicamente se verán en los casos de productos defectuosos, como marcapasos, mallas, extensores, medicamentos y otro tipo de equipo médico, o, en el área de productos comestibles. También pueden verse en la fabricación de vehículos de motor, equipos del hogar y otros que al operarse por su defecto causan lesión corporal.
Sin embargo, donde típicamente se ven este tipo de pleitos, es cuando una entidad gubernamental les cobra a sus clientes por un servicio que no brindó o que simplemente le impuso un cargo que no procedía, por ejemplo, que le cobren a usted por un cargo de uso de alcantarillado cuando en su área no existe tal cosa. También se ven frecuentemente en pleitos contra compañías que imponen cargos indebidos o engañosos o que venden productos engañosos, como lo sería que le cobren un cargo en la prima de seguros que no procede o que inflen los precios de las primas utilizando mecanismos no permitidos por ley, entre muchas otras violaciones de otros comercios.
En fin, un pleito de clase puede darse dentro de diversos contextos, lo importante es que se pueda identificar el daño y que el mismo es uno generalizado.
Si usted entiende que ha sufrido un daño y que el mismo es uno generalizado, llámenos para que reciba su consulta gratis y que le podamos orientar si en efecto existe un daño dentro del contexto que requiere la ley y si el mismo es uno generalizado que se pueda configurar un pleito de clase o si para usted es más beneficioso que su reclamación se maneje de forma independiente, aun cuando el daño sea generalizado.
Nuestros abogados han participado en pleitos de clase en representación de demandantes y de demandados, lo cual le permite brindarle la asesoría que usted necesita y merece para que pueda determinar cual es el mejor curso de acción a seguir con su reclamación.