En Puerto Rico, es permitido y completamente legal, que un abogado le cobre por brindarte una orientación y evaluación de su situación o caso, después de todo, es un profesional que está invirtiendo su tiempo en ayudarle y cuya fuente de ingresos, es precisamente el ejercicio de su profesión.
Sin embargo, al igual que hemos cambiado la norma de como cobrar y como cubrir los gastos de los casos que manejamos, también hemos cambiado la norma en este particular.
Le atenderá un abogado cuyo único trabajo es atender casos como el suyo, para que tenga a su favor una ventaja que no tendría disponible si se orienta con un abogado que trabaja muchos temas a la vez o un poco de todo, sino, que el tiempo que ese abogado le dedique, sean una o varias llamadas, será gratis, no le costará nada.
Con nosotros no tiene nada que perder, solo puede ganar. Si nos contrata, pondremos toda nuestra experiencia, equipo y estructura a favor de su caso. Si decide no contratarnos y manejar la reclamación usted mismo, con los riesgos que ello conlleva, pues ganó el conocimiento de la orientación, se lo lleva con usted y nadie se lo podrá quitar.
Llámenos para que conozca en detalle lo que puede hacer, como hacerlo y todo lo que podemos hacer por usted y su reclamación.